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Dictamen

Dictamen

Cuando el proveedor no quiere conciliar con el consumidor, Profeco puede entregar a este último un documento llamado "dictamen" en el que se pone en pesos y centavos el monto que el proveedor debería darle al consumidor afectado. Con el dictamen, que es un título no negociable a favor del consumidor, se puede acudir a los tribunales competentes de manera más ágil.

Adicionalmente, se considera una bonificación que podrá ser desde un 20% hasta un 30% del monto de la obligación contractual que se determine en el dictamen, dependiendo de las cantidades que el consumidor hubiera entregado al proveedor por el bien, producto o servicio contratado, conforme a las siguientes reglas:

a) En los casos en que el consumidor haya entregado la totalidad del monto de la operación al proveedor, la bonificación será del 30% del monto de la obligación que se determine en el dictamen.

b) Cuando el consumidor hubiere entregado más del 50% de la totalidad del monto de la operación al proveedor, la bonificación será del 25% del monto de la obligación.

c) En los supuestos en los que el consumidor hubiere entregado hasta el 50% de la totalidad del monto de la operación al proveedor, la bonificación será del 20% del monto de la obligación.

d) En todos los demás casos, la bonificación correspondiente será del 20% del monto de la obligación.

Lo anteriormente expuesto es independiente a que nuestra institución pueda tramitar el procedimiento correspondiente por infracciones a la ley e imponga sanciones al proveedor en los casos en que su conducta resulte violatoria de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Última modificación :
22-Jun-2012